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..ESTATUTOS

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SOCIEDAD MEXICANA DE CIRUGIA NEUROLOGICA, A.C.

FUNDADA El 29 DE

SEPTIEMBRE DE 1954

MÉXICO 2006

 

C O N T E N I D O

Capítulo I.    Denominación, finalidades, Domicilio y duración
Capítulo II.    De los medios de la Sociedad  
Capítulo III.   De los Socios
Capítulo IV.   De la Mesa Directiva
Capítulo V.   De las Sesiones ordinarias y extraordinarias
Capítulo VI.   De los Capítulos de la Sociedad
Capítulo VII.   De las Secciones de la Sociedad
Capítulo VIII.   De la Representación de la Sociedad
Capítulo IX.   De las Comisiones
Capítulo X.   Del Organo Ofcial de Publicación
Capítulo XI.    Disolución de la Sociedad
Capítulo XII   Reformas
Capítulo XIII   Generales
Mesas Directivas    

 

CAPITULO  I

DENOMINACION, FINALIDADES, DOMICILIO
Y DURACION

                INCISO 1o.  La denominación de la Asociación será:   "SOCIEDAD MEXICANA DE CIRUGIA NEUROLOGICA", seguida de las palabras "ASOCIACION CIVIL" o de su abreviatura "A.C.".

                INCISO 2o.  La Sociedad  Mexicana de Cirugía   Neurológica, A.C. tiene por finalidades:

           a) Llevar a cabo la investigación y el intercambio de conocimientos e ideas en el terreno de la neurocirugía y las disciplinas afines para lo cual deberá contar en todo momento con el Registro Nacional de Instituciones Científicas y Tecnológicas del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, el cual deberá ser renovado cada dos años por la Mesa en Turno.

           b) Fomentar el progreso de la cirugia neurologica en México, coadyuvando al desarrollo técnico y científico acorde con la evolución de esta rama medica. A través de Congresos talleres, y actividades académicas.

            c) Las actualizaciones y avances de investigación se darán a conocer a través de seminarios, sesiones de trabajos libres, talleres de instrumentación, para dar los mejores métodos de diagnostico para detectar las alteraciones que puedan ser tratadas quirúrgicamente evitando así las complicaciones que se puedan presentar en la neurocirugía, todo ello derivado de las investigaciones realizadas.

            d) Realización de boletines de información donde se den a conocer las nuevas técnicas y métodos de investigación para el desarrollo en la neurocirugía.

                INCISO 3o.  El domicilio de la Sociedad será la ciudad de México, Distrito Federal.

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CAPITULO  II

EL PATRIMONIO DE LA SOCIEDAD

                INCISO 1o. El patrimonio de la Sociedad se Constituirá:

        a)  Con las aportaciones de Cuotas Normales de Socios de Nuevo Ingreso y por Cuotas por Anualidades para Socios Fundadores, Activos y Asociados, así como Extraordinarias.

        b)  Con los subsidios que obtenga la Sociedad de las Oficinas Gubernamentales, Instituciones y Sociedades Privadas, así como cualquier otro conducto.

        c)   Con los Donativos, legados, particulares que perciba la Sociedad.

        d)  Con cuotas de Inscripción para la organización de Eventos Científicos que así programe la Sociedad, incluyendo la Organización de su Congreso Nacional

        e)  Por fondos recabados en los distintos que se efectuen

        f) Que destinen sus activos exclusivamente a los fines propios de su objeto social, no pudiendo otorgar beneficios sobe el remanente distribuible a persona física alguna o a sus integrantes personas fisicas o morales, salvo que se trate, en este último caso, de alguna de las personas de las personas morales autorizadas para recibir donativos deducible en términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o se trate de la remuneración de servicios efectivamente recibidos.

La Sociedad no deberá distribuir entre sus Socios, remanente de apoyos públicos que reciba.

Lo estipulado en la presente disposición es de carácter irrevocables

Patrimonial:  Se establecerá un fondo de inversión en una institución bancaria.  Este fondo será intocable, salvo en casos especiales y con la aprobación de la asamblea.  Estará constituido por valores y bienes muebles e inmuebles, por superávit de congresos, legados y donativos específicos.

Disponible: El dinero de esta partida será empleado para el cumplimiento del objeto social de hecho en el que se incluirán para cubrir los gastos administrativos, de representación, etc. Estará constituido  por las cuotas de ingreso ordinarias y extraordinarias así como los intereses del patrimonio y otros medios lícitos de Ingreso

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CAPITULO III

DE LOS SOCIOS

                INCISO 1o.  Socios Fundadores son aquellas personas que firmaron el acta constitutiva del nueve de marzo de 1955 y que a continuación se enumeran por orden alfabético, doctores: Jorge Alvarez Loyo, Patricio Beltrán Goñi, Eutimio Calzado Buentello, Juan Cárdenas y Cárdenas, Carlos Castañeda Tamborrel, Ramón del Cueto Decuir, María Cristina García Sancho de Penichet, Gregorio González Mariscal, Hernando Guzmán West, Miguel Ramos Murguía, Horacio Martínez Romero, Samuel Resnikoff Schwartz, Clemente Robles Castillo, José Ma. Sánchez Cabrera, Mariano Vázquez Rodríguez y Manuel Velasco Suárez.

        INCISO 2o.  Socios activos serán aquellas personas que radicando en la República Mexicana, cumplan con los siguientes requisitos:

         a) Ser ciudadano mexicano o estar autorizado por la Secretaría de Gobernación para ejercer la profesión en la República Mexicana.

         b) Cláusula de Extranjería: Los socios futuros que pueda tener la Sociedad, convienen en que:  "todo extranjero que en el acto de la constitución o en cualquier tiempo ulterior, adquiera un interés o participación social en la Sociedad, se considera por ese simple hecho como mexicano, respecto de uno y otra y  conviene en no invocar la protección de su gobierno, bajo la pena, en caso de faltar a su convenio, de perder dicho interés o participación en beneficio de la Nación Mexicana".

        c)   Estar certificado por el Consejo Mexicano de Cirugía Neurológica.

        d)  Ser propuesto por dos socios activos, honorarios o eméritos en la solicitud de ingreso y que respalden el curriculum del solicitante.

        e) Ser aceptado en la asamblea por las dos terceras partes mediante votación. Quedará a juicio de la Mesa Directiva el tipo de votación que se efectúe.

        g) Una vez aceptado, el nuevo socio adquirirá de inmediato todas las obligaciones y derechos que su nueva condición le confiere. Deberá presentar un trabajo de ingreso que será revisado previamente por la Comisión de educación, quien informará a la Mesa Directiva, si es o no de aceptarse.

Dicho trabajo podrá ser presentado en sesión de la Sociedad o de alguno de sus Capítulos o Secciones en la fecha fijada por la Mesa Directiva de las Mismas.

        g)  Cubrir la cuota de ingreso y anualidades.

        h)  Los socios activos tendrán derecho de voz y voto en las reuniones de la Sociedad

                INCISO 3o.  Son obligaciones de los socios activos:

        a)  Aceptar lo estipulado en los estatutos.

        b)  Concurrir al mayor número de las sesiones de la Sociedad o de sus Capítulos.

        c)  Contribuir con la cuota anual correspondiente que se pagará por adelantado y que se destinará a cubrir los gastos de la Sociedad. Si en el curso de dos años consecutivos no cumple con esta obligación, pasará automáticamente a la categoría de Socio Nominal.

        d) Contribuir, previa decisión de la asamblea, con las cuotas extraordinarias fijadas para cubrir gastos de emergencia.

             INCISO 4o. Se pierde el derecho a ser socio en cualesquiera de las categorías:

        a) Por determinación expresa de la asamblea, previo juicio de ética y  honor y por la aprobación de las dos terceras partes de los socios.

              INCISO 5o Socios Eméritos

        a)  Pasaran a esta categoría los socios activos con 25 o más años de antigüedad en la Sociedad Mexicana de Cirugía Neurológica, siempre y cuando estén al corriente en el pago de sus cuotas, y a propuesta de la Mesa Mesa Directiva, debiendo ser aprobada la proposición por las dos terceras partes de los asistentes a la sesión de la Sociedad que incluya el tema en el orden del día.

Los Socios Nominales por 5 o más años no podrán pasar a esta categoría.

       b) Los socios eméritos conservarán todos los derechos que corresponden a los socios activos, pero no estarán sujetos a ninguna de las obligaciones a que se refieren los subincisos b, c y d del Inciso 3o. del Artículo III de los Estatutos.  La Sociedad recibirá con agrado su participación en las actividades científicas o de otra índole de la misma

                INCISO 6o.Socios honorarios

        a)  Los mexicanos o extranjeros que por su eminente labor científica sean designados en asamblea convocada al efecto a propuesta de dos o más socios, debiendo ser aprobada la proposición por las dos terceras partes de los asistentes.

        b)  Los neurocirujanos mexicanos que hayan tenido una destacada labor en beneficio de la Sociedad Mexicana de Cirugía Neurológica.

        Los socios honorarios conservarán todos los derechos que corresponden a los socios activos, pero no estarán sujetos a ninguna de las obligaciones a que se refieren los subincisos b, c y d del inciso 3o. del Artículo III de los estatutos. Sin embargo, la Sociedad, recibirá con agrado su participación en las actividades científicas o de otra índole de la misma.

                INCISO 7o.  Socios correspondientes serán aquellas personas nacionales o extranjeras que radicando fuera del país, reúnan los siguientes requisitos:

        a)  Que ejerciendo la cirugía neurológica posean personalidad científica de relieve en cualquier país extranjero.

        b)  A solicitud de cuatro miembros de la Sociedad, adjuntando a la proposición los documentos, curriculum vitae, trabajos, etc., que acrediten la personalidad moral y científica del candidato.

                INCISO 8o.  Socios afiliados:

   
     a) Tendrán esta categoría los médicos que practiquen actividades íntimamente relacionadas con la cirugía neurológica como son:  neurología, neurorradiología, neurooftalmología, neurootología, neuro-patología u otras. Tendrán derecho a voz pero no a voto en las asambleas y podrán participar en las actividades cientificas de la Sociedad y quedarán exentos del pago de cuotas. Tendrán derecho a voz pero no ha voto en las asambleas.

        b)  La solicitud de ingreso y el curriculum vitae del solicitante deberá ser respaldada por dos socios activos, honorarios o eméritos.

        c)  Tanto la solicitud como el curriculum vitae deberán aprobarse en cualquier sesión de la Sociedad mediante votación, al menos por las dos terceras partes de la asamblea.

       d)  Una vez aceptado, el nuevo socio adquirirá de inmediato todas las obligaciones y derechos que su nueva condición le confiere.

             INCISO 9o. Socios nominales:

         a)Tendrán esta categoría los socios activos o afiliados que se encuentren imposibilitados para cumplir sus obligaciones por circunstancias que puedan ser juzgadas por una asamblea general y por lo estipulado en el párrafo del Capítulo III.

         b)  Para pasar a esta categoría, los socios de referencia pueden solicitarlo por escrito, en cuyo caso la Mesa Directiva está facultada para acordar el cambio.

        c)  Cuando el cambio deba efectuarse a propuesta de la Mesa Directiva, éste debe ser aprobado por la Asamblea General.

        d)  Los socios nominales pierden todos los derechos y obligaciones a que se refieren estos estatutos.

         e) Cuando un socio nominal desee recuperar su calidad de socio activo, deberá solicitarlo por escrito al Presidente de la Sociedad.  Dicha solicitud deberá ser analizadas por la Comisión de Honor y Justicia y presentada ante la Asamblea General y en caso de ser aprobada, el socio deberá cubrir la las cuotas atrasadas en vigor

              INCISO 10o. Socios residentes:

        a) Tendrán esta categoría los médicos que se encuentren realizando su adiestramiento en Cirugía Neurológica en la República Mexicana, en uno de los programas aceptados por el Consejo Mexicano de Cirugía Neurológica.

        b) Para obtener esta categoría, los socios de referencia deben solicitarlo por escrito y ser aceptados por votación de la asamblea.

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CAPITULO IV

DE LA MESA DIRECTIVA

                INCISO 1o.  La Mesa Directiva de la Sociedad estará integrada por un presidente, un vicepresidente, un secretario, un prosecretario, un tesorero, un protesorero y vocales

INCISO 2º.El Vicepresidente será elegido en asamblea extraordinaria de socios a solicitud de Presidente, en votación y deberá ser electo por mayoría.

Los socios que no esten en posibilidades de asistir podrán emitir su voto de acuerdo a las normas y sistemas establecidos por la Sociedad.

Los aspirantes a ocupar el puesto de Vicepresidente, deberán manifestarlo por escrito a la Mesa Directiva, adjuntando un resumen curricular y los motivos que a ello los impulse así como un breve programa a desarrollar.

Estos documentos serán remitidos para su consideración a todos los miembros de la Sociedad, en un plazo mínimo de treinta días antes de la fecha de elecciones de vicepresidente.

El Secretario, Prosecretario, Tesorero, Protesorero y Vocales, serán propuestos por el Presidente entrante y ratificados por la Asamblea por votación o aclamación.

Para tener derecho a voto los socios deberán estar al corriente en el pago de sus cuotas”.

Los documentos de los candidatos serán remitidos a los miembros de la Sociedad que podrán emitir su voto en una cédula y el sobre respectivo proporcionados para ello.  El sobre deberá tener el nombre y la firma del votante para identificación, no así la cédula de votación y ser enviado a las oficinas de la Sociedad.

              INCISO 3o.  El vicepresidente, el tesorero y el vocal serán elegidos en asamblea extraordinaria de socios, por votación secreta y deberán ser electos por mayoría.

               INCISO 4o.  Permanecerán en su cargo durante dos años. El vicepresidente pasará a ocupar el puesto de presidente en el período siguiente a aquel en que fuera electo.  Los puestos de secretario, prosecretario  y vocales los ocuparán los socios que el presidente designe al inicio de su cargo y por lo menos uno de los dos deberá residir en el Area Metropolitana.

              INCISO 5o.Son obligaciones de la Mesa Directiva, convocar a sesiones y asambleas, organizar las sesiones científicas, organizar el Congreso Mexicano de Cirugía Neurológica durante el segundo año de su gestión, fomentar el progreso de la Sociedad y velar por el cumplimiento de los estatutos.

              INCISO 6o.Son funciones del presidente, representar legalmente a la Sociedad, presidir las sesiones, asambleas y en las juntas de la Mesa Directiva.

               INCISO 7o. Son funciones del vicepresidente, auxiliar y colaborar con el presidente en sus funciones con objeto de que exista una continuidad de las actividades de la Sociedad y suplirlo en sus funciones durante su ausencia.

               INCISO 8o. En caso de renuncia, incapacidad permanente o fallecimiento del presidente, el vicepresidente se hará cargo de las funciones de éste, bajo las siguientes condiciones:

        a)  Si la renuncia, incapacidad permanente o fallecimiento del presidente ocurren durante el primer año de su gestión, el vicepresidente se hará cargo de las funciones de aquél y convocará en un plazo no mayor de 60 días, a sesión extraordinaria para elegir presidente sustituto que termine el período de que se trate.

        b)  Si la renuncia, incapacidad permanente o fallecimiento ocurren dentro del segundo año de gestión del presidente, el vicepresidente se hará cargo de la presidencia, terminará el período y continuará con el siguiente de acuerdo al inciso 3o., de este artículo.

              INCISO 9o.  Son funciones del secretario y del prosecretario, levantar las actas de todas las actividades de la Sociedad y de la Mesa Directiva, hacerse cargo de la correspondencia, archivo y documentos de la Sociedad.  El Secretario es jerárquicamente superior al prosecretario.

              INCISO 10o. Son funciones del tesorero y del protesorero llevar la contabilidad y cobrar las cuotas de ingreso, anuales y extraordinarias. Hacerse cargo de los fondos de la Sociedad, presentar a la asamblea general estado de cuenta al  terminar su gestión o cuando ésta lo solicite.  Cuando el tesorero y/o en protesorero tengan que hacer frente a gastos extraordinarios, recabarán la autorización del Presidente y del Secretario.

             INCISO 11o. Son obligaciones de los vocales, suplir en sus funciones a cualquier miembro de la directiva durante su ausencia.

              INCISO 12o.  La Mesa Directiva de la Sociedad contará con un Consejo Consultivo que estará integrado por los cinco últimos expresidentes y por aquellos otros expresidentes que a juicio del Presidente en turno se designe.

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CAPITULO V

DE LAS SESIONES ORDINARIAS
Y EXTRAORDINARIAS

                INCISO 1o.  La Sociedad celebrará sesiones ordinarias de carácter científico una vez al mes, de preferencia el último viernes en el la Ciudad de México el penúltimo Viernes.

                INCISO 2o.  La Mesa Directiva convocará a sesión extraordinaria para la proposición de socios correspondientes, honorarios y eméritos o para otros actos que lo ameriten por su importancia.

                INCISO 3o.  La Mesa Directiva convocará a sesión extraordinaria para tratar asuntos internos de la Sociedad y en su oportunidad para la elección de nueva Mesa Directiva.

               
                INCISO 4o.  Cuando cinco o más socios activos lo soliciten, la Mesa Directiva citará, mencionando el motivo de ello, a sesión extraordinaria.
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CAPITULO VI

DE LOS CAPITULOS DE LA SOCIEDAD

                INCISO 1o.  La Sociedad Mexicana de Cirugía Neurológica, A.C., tiene su residencia oficial en la Ciudad de México, D.F., y cuenta con siete  capítulos para promover e incrementar sus actividades por zonas geográficas.  Los siete capítulos son:

        a). Capítulo del Norte:  Estados de Coahuila, Chihuahua, Durango,  Nuevo León y Tamaulipas.

        b).  Capítulo del Noroeste:  Estados de Baja California Sur, Baja California Norte, Sonora y Sinaloa.

        c). Capítulo del Centro:  Estados de Aguascalientes, Hidalgo, Guanajuato, México, Querétaro, San Luis Potosí y Zacatecas.

        d).   Capítulo del Oriente:  Estados de Puebla, Tlaxcala y Veracruz.

        e).  Capítulo del Occidente:  Estados de Colima, Jalisco, Michoacán, Nayarit y Sinaloa.

        f)  Capítulo del Sur:  Estados de Guerrero, Morelos y Oaxaca.

        g)  Capítulo del Sureste:  Estados de Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán.

                INCISO 2o.  Los capítulos estarán sujetos en lo general a los Estatutos  de la  Sociedad   Mexicana  de  Cirugía  Neurológica y por lo tanto a la autoridad y representación de su Mesa Directiva, pero son autónomos en lo particular para designar a sus autoridades, de acuerdo con el mismo plan general de la Sociedad que les da origen.  Tendrán, por lo tanto, una Mesa Directiva que durará dos años y que estará integrada por un presidente, un vicepresidente que ocupará la presidencia en el período siguiente, un secretario, un tesorero y un vocal, que tendrán las mismas funciones señaladas por los Estatutos de la Sociedad Mexicana de Cirugía Neurológica.

              INCISO 3o. Los capítulos tendrán socios fundadores y activos que sean miembros honorarios, eméritos o activos de la Sociedad Mexicana de Cirugía Neurológica y que son los únicos que podrán integrar sus Mesas Directivas. 
Tendrán socios afiliados que ejerzan de manera reconocida actividades íntimamente relacionadas con la cirugía neurológica como son: neurología, neurorradiología, neurooftalmología, neurootología, neuropatología u otras.  Los socios afiliados tendrán derecho a voz pero no a voto.  Los capítulos pueden, si así lo desean, aceptar neurocirujanos que no sean miembros de la Sociedad Mexicana de Cirugía Neurológica, con el carácter de socios afiliados.

                INCISO 4o.  Los capítulos elaborarán de manera interna sus propios reglamentos de funcionamiento, en lo que se refiere a residencia oficial del capítulo, manera y fecha para realizar las sesiones científicas, administrativas o solemnes, cuotas y otras obligaciones.  Los reglamentos originales y las modificaciones ulteriores de que éstos sean objeto deberán ser notificados al secretario de la Sociedad Mexicana de Cirugía Neurológica dentro de los treinta días siguientes a la iniciación de su vigencia.  Los capítulos enviarán también un directorio actualizado de sus miembros al secretario de la Sociedad, una vez al año.

                INCISO 5o.  Los presidentes de los capítulos tienen la obligación de organizar un evento académico de carácter nacional o internacional (sesión ordinaria, symposium, jornadas), por lo menos una vez durante su gestión como tales, con notificación oportuna al Secretario de la Sociedad Mexicana de Cirugía Neurológica para que ésta coopere tanto en la promoción del evento como en los aspectos científicos si se le requiere para ello.

                INCISO 6o. Cuando el Presidente de la Sociedad Mexicana de Cirugía Neurológica se encuentre presente en cuales quiera de las sesiones de los capítulos, compartirá la presidencia con el presidente del capítulo.

                INCISO 7o. Cada Sección decidirán la frecuencia, sitio y duración de sus reuniones u otras actividades.

               INCISO 8o. Las secciones estarán dirigidas por un Presidente, un Vicepresidente, Un Secretario, Un Tesorero y dos Vocales.  El Secretario, el Tesorero y los Vocales serán propuestos por el Presidente y ratificados por la asamblea de la Sección.   El Vicepresidente pasará a ocupar la Presidencia en el período siguiente.  Tendrán una duración de dos años.

                INCISO 9o. Por única ocasión, al formarse una Sección, el Presidente y el Vicepresidente de la misma serán designados por la Mesa Directiva de la Sociedad Mexicana de Cirugía Neurológica.

                INCISO 10o. El Vicepresidente será elegido en reunión extraordinaria de la Sección por mayoría, en votación secreta, debiendo asistir para formar quórum la mitad mas uno de los miembros.  En caso de no haber quórum se hará una segunda convocatoria que puede ser el mismo día.

                INCISO 11o. El Presidente de la Sección deberá presentar un informe bienal, a la Sociedad coincidente con la votación para elegir Vicepresidente, Este acto tendrá una duración de treinta minutos y se llevará a cabo en una sesión extraordinaria de la Sociedad Mexicana de Cirugía Neurológica, A.C.

                INCISO 12o. Las secciones actuales son: Neurocirugía Cerebro – Vascular, Neurocirugía de Columna, Neurocirugía Funcional y Estereotáctica, Neuroendoscopía, Neurocirugía Pediátrica, Neuro – Oncología, Neuro-traumatología y Radiocirugía y Radioterapia Estereotáctica y En el futuro se integrarán las que se propongan y apruebe la Sociedad.

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CAPITULO VIII

DE LA REPRESENTACION DE LA ASOCIACION

                INCISO 1o.  La Sociedad queda representada por su Mesa Directiva y especificamente por su Presidente o, a quien él designe, gozará de un poder general para pleitos y cobranzas, para administrar bienes y para ejercer actos de dominio en los términos de los tres primeros párrafos del artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito Federal, inclusive para articular y absolver posiciones, desistirse aún en juicio de amparo, presentar y ratificar denunciar y querellas de carácter penal y otorgar el perdón en su caso, constituirse en parte civil y en coadyuvante del Ministerio Público, así como para los demás casos enumerados por el artículo dos mil quinientos ochenta y siete del mismo Código Civil, otorgar y suscribir toda clase de títulos y operaciones de crédito y conferir y revocar poderes generales y especiales.  Para suscribir títulos de crédito y para otorgar poderes, siempre deberán firmar mancomunadamente dos, cualesquiera de los miembros de la Mesa Directiva.  Este poder se ejercitará ante personas físicas y morales y toda clase de autoridades civiles, administrativas, judiciales y del trabajo, sean federales o locales.

                INCISO 2o.  En las convenciones o congresos nacionales o internacionales, la Sociedad estará representada por las personas designadas en sesión ordinaria o extraordinaria, convocada al efecto.

                INCISO 3o.  Los delegados de la Sociedad ante la Federación Mundial de Sociedades de Neurocirugía (WFNS) son tres: Delegado Senior, Delegado y Delegado Alterno o Suplente y ante la Federación

Latinoamericana de Sociedades de Neurocirugía (FLANC) son dos: Delegado y Delegado Suplente.  Estos serán elegidos en sesión ordinaria o extraordinaria convocada al efecto, y permanecerán en su cargo por un período de cuatro años.  Podrán ser reelegidos a juicio de la asamblea.

                INCISO 4o.  Los delegados deberán dar un informe de sus actividades del cumplimiento de su representación a su retorno del Congreso Respectivo.

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CAPITULO IX

DE LAS COMISIONES

        a)  DE HONOR Y JUSTICIA

                INCISO 1o.  La Comisión de Honor y Justicia estará integrada por cinco expresidentes que serán designados por el presidente en funciones al inicio de su gestión.

                INCISO 2o. Esta comisión estará presidida por el vicepresidente en funciones, quien tendrá voz pero no voto.

                INCISO 3o.  Los únicos que tendrán voto serán los cinco expresidentes.

                INCISO 4o.  Esta comisión conocerá y estudiará cualquier queja o acusación que se haga contra cualesquiera de los miembros de la Sociedad sea cual fuere su categoría dentro de la misma.

                INCISO 5o.  La comisión hará averiguaciones, llamará a las partes y testigos y emitirá dictamen que contenga veredicto absolutorio o de culpabilidad y recomendará sanciones que antes deben ser aprobadas en sesión extraordinaria de la Sociedad citada al efecto.

        b)  DE ESTATUTOS

                INCISO 1o.  Estará integrada por un mínimo de tres miembros honorarios, eméritos o activos, designados por el Presidente de la Sociedad, y se encargará de revisar periódicamente los estatutos y, de ser necesario, recomendará su modificación.

        c)  DE EDUCACION

                INCISO 1o.  Estará integrada por un mínimo de tres miembros honorarios, eméritos o activos, designados por el Presidente de la Sociedad.  Formará parte del Comité Científico del Congreso Mexicano de Cirugía Neurológica.  Se encargará de revisar los trabajos de ingreso en un comité adhoc y, en su caso, recomendar a la Mesa Directiva su aprobación para que dicho trabajo sea presentado en sesión de la Sociedad o de alguno de sus Capítulos o Secciones en lal fecha fijada por la Mesa Directiva de las Mismas.

        Estará en disposición de colaborar con los Capítulos de la Sociedad, si éstos así lo solicitan.

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CAPITULO X

DEL ORGANO OFICIAL DE PUBLICACION

El organo oficial de publicación es la revista de “Archivos de Neurociencias”

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CAPITULO XI

DISOLUCION DE LA ASOCIACION

La Sociedad se disolverá:

                INCISO 1o.  Por acuerdo unánime de los socios, votado en sesión extraordinaria.

                INCISO 2o.  Por hacerse imposible de realizar, debido a cualquier causa, los fines para los que fue creada.

                INCISO 3o. Por las demás causas establecidas en el artículo tres mil seiscientos ochenta y cinco del Código Civil vigente.
                INCISO 4o.  En caso de disolución de la Sociedad, todos los bienes  que  le pertenezcan se aplicarán, pagado que se haya el pasivo, a alguna otra asociación autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para recibir donativos deducibles para los efectos del impuesto sobre la renta, que designe la asamblea que acuerde la disolución y liquidación de la misma.

Est disposición tiene carácter de irrevocable.

                INCISO 5o.  Para la liquidación de la Sociedad, la asamblea que acuerde la disolución, designará el o los liquidadores que actuarán de acuerdo con las leyes respectivas.

Lo dispuesto en este Artículo será de carácter irrevocable

Liquidada la Sociedad; la totalidad de su patrimonio, incluyendo los apoyos y estímulos Públicos, se destinarán a Personas Morales autorizadas para recibir Donativos deducibles de Impuesto Sobre la Renta que se encuentran inscritas en el Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil.

Lo estipulado en la presente disposición es de carácter irrevocable.

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CAPITULO XII

REFORMAS

                INCISO UNICO.  Cualquier artículo de estos estatutos quedará sujeto a reformas posteriores cuando la asamblea general lo crea conveniente.

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CAPITULO XIII

GENERALES

                INCISO 1o.  Queda prohibido en lo absoluto a los miembros de la Sociedad y a la Mesa Directiva, dar fianzas a cualquier persona o negociación, usando la firma social, salvo para asuntos directamente relacionados con la misma.

                INCISO 2o.  Además de los requisitos y disposiciones consignadas en estos estatutos los miembros de la Sociedad, se someten para todo lo que se refiere al funcionamiento de la misma, a los preceptos que están contenidos en el Código Civil vigente, en su título décimo primero, capítulo primero, los cuales, con los establecidos en los preceptos  anteriores, constituyen los estatutos de la Sociedad a los que los interesados se someten expresamente.

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MESAS DIRECTIVAS

 

1955 - 1956

Presidente: Dr. Eutimio Calzado
        Secretario: Dr. Hernando Guzmán
        Tesorero: Dr. Miguel Ramos Murguía
        Vocal: Dr. Samuel Resnikoff S.

1956 - 1957

        Presidente: Dr. Juan Cárdenas
        Secretario: Dr. Gregorio González Mariscal
        Tesorero: Dr. Hernando Guzmán
        Vocal: Dra. Ma. Cristina  García S.de Penichet

1957 - 1958

        Presidente: Dr. Manuel Velasco Suárez
        Secretario: Dr. Horacio Martínez Romero
        Tesorero: Dr. Samuel Resnikoff S.
        Vocal: Dr. José Ma. Sánchez Cabrera

1959 - 1960

        Presidente: Dr. Clemente Robles
        Secretario: Dr. Ramón Del Cueto
        Tesorero: Dr. José Humberto Mateos
        Vocal: Dr. Patricio Beltrán Goñi

1960 - 1961

        Presidente: Dr. Ramón Del Cueto
        Vicepresidente: Dr. Miguel Ramos Murguía
        Secretario: Dr. José Humberto Mateos
        Tesorero: Dra. Ma. Cristina García S. de Penichet
        Vocal: Dr. Raoul Steimlé

1961 - 1962

        Presidente: Dr. Miguel Ramos Murguía
        Vicepresidente: Dr. Patricio Beltrán Goñi
        Secretario: Dr. Carlos Solís Durán
        Tesorero: Dr. Horacio Martínez Romero
        Vocal: Dr. Edmundo Reyes Armijo

1962 - 1963

        Presidente: Dr. Patricio Beltrán Goñi
        Vicepresidente: Dr. Hernando Guzmán
        Secretario: Dr. Edmundo Reyes Armijo
        Tesorero: Dr. Pedro Angulo
        Vocal: Dr. Jesús Lópezlira Castro

1964 - 1965

        Presidente: Dr. Hernando Guzmán
        Vicepresidente: Dr. Horacio Martínez Romero
        Secretario: Dr. Pedro Angulo
        Tesorero: Dr. J. Ignacio Olivé U.
        Vocal: Dr. Daniel González G.

1965 - 1966

        Presidente Dr. Horacio Martínez Romero
        Vicepresidente: Dr. José Humberto Mateos
        Secretario: Dr. Daniel González G.
        Tesorero: Dr. Jesús Lópezlira Castro
        Vocal: Dr. J. Ignacio Olivé U.

1966 - 1967

        Presidente: Dr. José Humberto Mateos
        Vicepresidente: Dr. Jesús Lópezlira C.
        Secretario: Dr. Genaro H. Zenteno A.
        Tesorero: Dr. Manuel López Portillo
        Vocal: Dr. Francisco Escobedo R.

1967 - 1968

        Presidente: Dr. Jesús Lópezlira Castro
        Vicepresidente: Dr. José Ma. Sánchez Cabrera
        Secretario: Dr. Armando González Vázquez
        Tesorero: Dr. Francisco Escobedo R.
        Vocal: Dr. Miguel Angel Hernández A.

1968 - 1969

        Presidente: Dr. José Ma. Sánchez Cabrera
        Vicepresidente: Dr. J. Ignacio Olivé U.
        Secretario: Dr. Daniel González G.
        Tesorero: Dr. Miguel Angel Hernández A.
        Vocal: Dr. Pablo Marín García

1970 - 1971

        Presidente: Dr. J. Ignacio Olivé U.
        Vicepresidente: Dr. Daniel González G.
        Secretario: Dr. Rogelio Macías Sánchez ( 1970)
                          Dr. Francisco Escobedo R.    (1971)
        Tesorero: Dr. Jaime A. Heyser Keller
        Vocal: Dr. Armando Ramírez Cervantes

1972 - 1973

        Presidente: Dr. Daniel González G.
        Vicepresidente: Dr. Samuel Resnikoff S.
        Secretario: Dr. Jaime A, Heyser Keller
        Tesorero: Dr. José Manuel Muñoz Tagle
        Vocal: Dr. José Luis Pécastaing C.

1974 - 1975

        Presidente: Dr. Samuel Resnikoff S.
        Vicepresidente: Dr. Francisco Gómez Méndez
        Secretario: Dr. Javier Verdura Riva Palacio
        Tesorero: Dr. Sergio Gómez Llata
        Vocal: Dr. Carlos Solís Durán

1976 - 1977

        Presidente: Dr. Francisco Gómez Méndez
        Vicepresidente: Dr. Jaime A. Heyser Keller
        Secretario: Dr. Daniel González G.
        Tesorero: Dr. Ignacio M. Madrazo Navarro
        Vocal: Dr. Carlos M. Murillo Tostado

1978 - 1979

        Presidente: Dr. Jaime A. Heyser Keller
        Vicepresidente: Dr. Salvador González Cornejo
        Secretario: Dr. Daniel González G.
        Tesorero: Dr. Mauro Loyo Varela
        Vocal: Dr. Fernando Rueda Franco

1980 - 1981

        Presidente: Dr. Salvador González Cornejo
        Vicepresidente: Dr. Francisco Escobedo R.
        Secretario: Dr. Carlos M. Murillo Tostado
        Prosecretario: Dr. Fernando Rueda Franco
        Tesorero: Dr. José Luis Pécastaing C.
        Vocal: Dr. José Manuel Muñoz Tagle

1982 - 1983

        Presidente: Dr. Francisco Escobedo R.
        Vicepresidente: Dr. Fernando Rueda Franco
        Secretario: Dr. Alfredo Gómez Aviña
        Prosecretario: Dr. Alfredo Cornejo Aguiar
        Tesorero: Dr. Arturo Carrillo Román
        Vocal: Dr. Amilcar Huerta Pérez

1984 - 1985

        Presidente: Dr. Fernando Rueda Franco
        Vicepresidente: Dr. Román Garza Mercado
        Secretario: Dr. Mauro Loyo Varela
        Prosecretario Dr. Rogelio Macías Sánchez
        Tesorero: Dr. Blas E. López Felix
        Vocal: Dr. Guillermo Broissin Ramos

1986 - 1987

        Presidente: Dr. Román Garza Mercado
        Vicepresidente: Dr. Mauro Loyo Varela
        Secretario: Dr. Hernán K. Campa Núñez
        Prosecretario: Dr. Blas E. López Felix
        Tesorero: Dr. Dagoberto Tamez Montes
        Vocal: Dr.  Santos A. Sepúlveda Elizondo

1988 - 1989

        Presidente: Dr. Mauro Loyo Varela
        Vicepresidente: Dr. Carlos M. Murillo Tostado
        Secretario: Dr. Fernando Rueda Franco
        Prosecretario: Dr. Rafael Camacho M.
        Tesorero: Dr. Miguel Angel Ramos Peek
        Vocal: Dr. Ernesto J. Martínez Duhart

1990 - 1991

        Presidente: Dr. Carlos M. Murillo Tostado
        Vicepresidente: Dr. Javier Verdura Riva Palacio
        Secretario: Dr. Salvador González Cornejo
        Prosecretario: Dr. Ramiro Del Valle
        Tesorero: Dr. Francisco Valencia Pérez
        Vocal: Dr. Leonardo E. Aguirre Portillo

1992 - 1993

        Presidente: Dr. Javier Verdura Riva Palacio
        Vicepresidente: Dr. Alfredo Gómez Aviña
        Secretario: Dr. Fernando Rueda Franco
        Prosecretario: Dr. Leonardo E. Aguirre Portillo
        Tesorero: Dr. Carlos Carballar Rivera
        Vocal: Dr. Gonzalo Solís Maldonado

1994 - 1995

        Presidente:Dr. Alfredo Gómez Aviña
        Vicepresidente: Dr. Rafael Camacho Morales
        Secretario: Dr. Carlos Carballar Rivera
        Prosecretario: Dr. Alejandro E. Méndez Dávalos
        Tesorero: Dr. Víctor Hugo Rosas Peralta
        Vocal: Dr. Guillermo Broissin Ramos

1996 - 1997

       Presidente: Dr. Rafael Camacho Morales
       Vicepresidente: Dr. Ernesto Martínez Duhart
       Secretario:  Dr. Guillermo Broissin Ramos
       Prosecretario: Dr. Francisco R. Revilla Pacheco
       Tesorero: Dr. Miguel A. Ramos Peek
       Vocal: Dr. Francisco J. Chong Barreiro

1998 - 1999

        Presidente: Dr. Ernesto Martínez Duhart
        Vicepresidente: Dr. Leonardo E. Aguirre Portillo
        Secretario: Dr. Víctor H. Rosas Peralta
        Tesorero: Dr. Gonzalo Solís Maldonado
        Prosecretario: Guy Gilbert Broc Haro
        Vocal: Dr. Jaime A. Trueba Reyes

2000 - 2001

        Presidente: Dr. Leonardo E. Aguirre Portillo
        Vicepresidente: Dr. Dagoberto Tamez Montes
        Secretario: Dr. Francisco R. Revilla Pacheco
        Tesorero: Dr. Nicolás Huerta Cisneros
        Prosecretario: Dr. Francisco Valencia Pérez
        Protesorero: Dr. Gerardo Guinto Balanzar
        Vocal: Dr. Roberto Rodríguez Della Vecchia

2002 – 2003

Presidente: Dr. Dagoberto Tamez Montes
Vicepresidente: Dr. Víctor Hugo Rosas Peralta
Secretario: Dr. Juan Francisco Garza Vázquez
Prosecretario: Dr. J. Ramiro Del Valle Robles
Tesorero: Dr. Angel R. Martínez Ponce de León
Protesorero: Dr. Guillermo Quintana Roldán
Vocal: Dr. Camilo Reyna Guerrero

 

2004 – 2005

Presidente: Dr. Víctor Hugo Rosas Peralta
Vicepresidente: Dr. Rogelio Revuelta Gutiérrez       
Secretario: Dr. Gerardo Guinto Balanzar
Tesorero: Dr. Jaime Gerardo Torres Corzo
Prosecretario: Dr. Francisco J. Chong Barreiro
Vocal: Dr. Guillermo Broissin Ramos

2006 – 2007

Presidente: Dr. Rogelio Revuelta Gutiérrez
Vicepresidente: Dr. Francisco Javier Chong Barreiro
Secretario: Dr. Basilio Fernández Alvarado
Prosecretario Dr. Alfonso Marhx Bracho
Tesorero:  Dr. Miguel Angel Ramos Peek
Protesorero: Dr. Raúl José Cárdenas Pérez
Vocales: Dr. Pedro Pablo Dejuambelz Cisneros
          Dr. Salvador Javier Mejía Crisantos
          Dr. Roberto Rodrígue Della Vecchia
   Dr. Rafael M. Rodríguez Murillo

2008 – 2009

Presidente: Dr. Francisco Javier Chong Barreiro
Vicepresidente: Dr. Gerardo Guinto Balanzar
Secretario: Dr. Alfonso Marhx Bracho
Prosecretario: Dr. Daniel Rodríguez Díaz
Tesorero: Dr. José Damián Carrillo Ruiz
Protesorero: Dr. Rodrígo Ramos Zúñiga
Vocales: Dr. Julio Virgilio De Dios Tello
            Dr. Ramiro Del Valle Robles
            Dr. Tenoch Herrada Pineda
                               Dr. Luis Felipe Martín Del Campo Pérez
                  Dra. Edna H. Sikahall Meneses

2010 – 2011

Presidente: Dr. Gerardo Guinto Balanzar
Vicepresidente: Dr. Alfonso Marhx Bracho
Secretario: Dr. Blas E. López Félix
Prosecretario: Dr. Leopoldo Herrera Gómez
Tesorero: Dr. Fernando Chinco Ponce De León
Protesorero: Dra. Fabiola Peralta Olvera
Vocales: Dr. Antonio Guapo Mendoza
                    Dr. Francisco Javier López Vega
                            Dr. Angel R. Martínez Ponce De León
                   Dr. Manuel Hernández Salazar
                               Dr. Aldo Francisco Hernández Valencia
                 Dr. Francico Ramos Sandoval

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